Dotado con más de 18,5 millones de euros, la misma cantidad que el año anterior

El Consejo de Gobierno ha dado hoy luz verde a la distribución del Fondo de Cooperación Municipal para 2026, que mantiene una dotación de 18.535.451 euros millones de euros destinada a garantizar la estabilidad financiera de los ayuntamientos. Se trata de la misma dotación que en 2025 debido a la prórroga presupuestaria.

El Fondo constituye un instrumento esencial de apoyo financiero directo a los ayuntamientos, garantizando recursos estables para el desempeño de las competencias locales, de acuerdo con lo previsto en la Ley 5/2020, de 15 de julio.

La asignación económica se realiza conforme al sistema establecido en la citada ley, que combina una asignación fija para 6 municipios (Santander, Torrelavega, Castro Urdiales, Camargo, Piélagos y Valle de Villaverde) y una asignación variable basada en tramos poblacionales para el resto. Las cuantías se han calculado utilizando las cifras oficiales del padrón publicadas mediante el Real Decreto 1117/2025, de 3 de diciembre.

El reparto garantiza que todos los municipios cuenten con recursos para desarrollar servicios básicos, atender necesidades de sus vecinos y mejorar la prestación de sus competencias. En total, los 102 ayuntamientos recibirán financiación directa, con importes que oscilan entre 74.092 euros y 1,4 millones de euros, según su población y las fórmulas previstas en la ley.

La propuesta de distribución fue presentada previamente en la última reunión de la Comisión de Administración Local, integrada por el Ejecutivo autonómico y la Federación de Municipios de Cantabria (FMC), reunida el pasado día 21 de enero, cumpliendo así los trámites de información y coordinación institucional previstos en la normativa. Este proceso garantiza que los ayuntamientos, a través de sus representantes en ese órgano, puedan conocer y valorar la metodología aplicada en el reparto del Fondo y confirmar que las asignaciones responden a criterios objetivos y transparentes definidos por la normativa.