Las 119 entidades locales beneficiarias de la convocatoria de subvenciones del EMCAN podrán contar con este refuerzo de personal

El consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, Eduardo Arasti, ha informado que 119 entidades locales serán beneficiarias de la Orden de subvenciones del Programa del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) para la inserción laboral de personas desempleadas. La convocatoria de este año 2024, dotada con un total de 25,8 millones de euros, impulsará la contratación de más de 2.000 personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general y social. En concreto, se beneficiarán de estas ayudas más de un centenar de ayuntamientos, 15 mancomunidades y dos asociaciones. Antes de la aprobación y publicación de la convocatoria de este año, el Gobierno ha tenido que elaborar unas nuevas bases ya que las anteriores decayeron el pasado 30 de septiembre al ser derogadas por un Real Decreto de 28 de septiembre de 2021.

Acompañado de la directora del Servicio Cántabro de Empleo, Lucía Serrano, el consejero también ha hecho referencia a las novedades de esta edición en la que se han recogido los principios de simplificación administrativa y administración electrónica, y se ha vuelto a una convocatoria de carácter anual, atendiendo así a una petición de los alcaldes, sobre todo de municipios en riesgo de despoblación.

Además, esta nueva convocatoria tiene en cuenta la solicitud de las mancomunidades de poder contratar a desempleados de los municipios que las integran en el caso de que quedaran desiertos los puestos reservados a los de larga duración, con la finalidad de que esas plazas no se queden sin cubrir.

Selección de personal y colectivos prioritarios

Podrán optar a estas contrataciones personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de Cantabria, en el momento del sondeo y el día anterior a la contratación. Éstas serán las encargadas de enviar a cada entidad beneficiaria un listado de, siempre que sea posible, cuatro personas candidatas por puesto de trabajo. A partir de este paso, las corporaciones podrán elegir entre dos procedimientos: realizar ellas mismas la selección final de los candidatos o, por el contrario, delegar esta función en la oficina de empleo correspondiente. No obstante, en todo caso, habrá de realizarse entre las personas preseleccionadas por la oficina de empleo. Los contratos, que no podrán ser inferiores a 3 meses ni superiores a 6, salvo sustituciones, deberán finalizar no más tarde del 31 de julio de 2025.

Serán colectivos prioritarios para la cobertura de estas ofertas de empleo, en primer lugar, las personas desempleadas de larga duración, de 45 o más años de edad, inscritas como demandantes de empleo, y en desempleo durante 420 días acumulables en un periodo de 18 meses, y no perceptoras de prestaciones y/o subsidios. A este grupo le seguirán los menores de 45 años, también inscritas como demandantes de empleo en los mismos términos que el colectivo anterior. Por último, el resto de demandantes de empleo, priorizando aquellas personas que no hayan participado en el último año en esta misma convocatoria, en los programas de prácticas laborales del Servicio Cántabro de Empleo, en los de Talleres de Empleo, Escuelas de Talento Joven u otros programas mixtos de empleo-formación.